ARGENTINA-. ( AGENCIALAVOZ.COM ) Así lo determinó un fallo de la Justicia, que otorgó el divorcio a un matrimonio con 25 años de casado, al considerar que "son injurias graves" todos los excesos verbales, especialmente los proferidos en presencia de terceros
Los insultos proferidos en el seno de un matrimonio en presencia de terceros, así como el trato con "una persona de otro sexo en actitudes que revelan intimidad o exceso de confianza o en acciones equívocas y hasta indecorosas", son causales de divorcio, según lo determinó en un fallo la Cámara Civil.La Sala G del Tribunal lo hizo al otorgar el divorcio a un matrimonio con 25 años de casado, al considerar que "son injurias graves de uno de los cónyuges hacia el otro todos los excesos verbales, especialmente los insultos proferidos en condiciones en que puedan ser oídos por terceros, al igual que el trato desconsiderado, despectivo, violento o agresivo".Según lo relatado por el fallo, el hombre sostenía con su esposa numerosas disputas en una tienda de ropas que ambos explotaban, en presencia de otras personas.En cuanto a las acusaciones de "adulterio", que ambos cónyuges se reprocharon recíprocamente, los camaristas dijeron que "no se precisa la prueba directa de la vinculación carnal, pudiendo acreditarse por medio de indicios que creen presunciones graves que lleven al ánimo del juzgador una certeza que excluya toda duda razonable, basada en hechos y no en meras interpretaciones subjetivas".En ese sentido, advirtieron que "los actos que evidencian desprecio de la lealtad matrimonial sin llegar a constituir adulterio, igualmente deben ser considerados ultrajes contra el deber de fidelidad, porque el quebrantamiento de este deber no sólo acaece con el adulterio, sino que basta el hecho de mostrarse en lugares públicos con una persona de otro sexo en actitudes que revelan intimidad o exceso de confianza o en acciones equívocas y hasta indecorosas"."El decoro que ha de observar todo cónyuge le impone el deber de actuar de modo de no despertar sospechas ni suspicacias en el ánimo de su consorte ni en el de las demás personas, evitando ser objeto de apreciaciones y comentarios que puedan afectar la propia dignidad del otro contrayente", agregaron.Además, los camaristas Beatriz Areán, Carlos Carranza Casares y Carlos Bellucci advirtieron sobre las "actitudes impropias de una mujer casada, tales como exhibirse públicamente con un hombre, inclusive en un ámbito privado, pero delante de testigos, exteriorizando respecto de éste un trato demasiado afectuoso".
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