COLOMBIA.- ( AGENCIALAVOZ.ORG )Cuatro directrices y tres recomendaciones relacionadas con la cátedra del aborto realizó el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado.
En circular enviada a los funcionarios de los Ministerios de la Protección Social y de Educación, el jefe del Ministerio Público expresa las recomendaciones referentes a las campañas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos, que dan cumpliomiento a la Sentencia C-355 de 2006 y en las órdenes tercera y cuarta de la Sentencia T-388 de 2009 de la Corte Constitucional, respectivamente.
Entre las directrices se solicita a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, que participen en el diseño, puesta en marcha, seguimiento y vigilancia superior de las campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos.
Además que se parta de una declaración integral de principios acerca de los derechos humanos y que estas se dirijan a proteger y promover exclusivamente los derechos de las mujeres, al mismo tiempo que el carácter pro-vida de la Constitución Política de 1991, así como la obligación general que tienen el Estado, la sociedad y los ciudadanos de proteger toda vida humana.
Igualmente, según el Procurador, en “toda situación se respeten los derechos de todas las personas e instituciones que puedan verse involucradas en la práctica del aborto, especialmente el derecho fundamental a la libertad de conciencia; la libertad para no ser molestado por razón de las convicciones o creencias propias, ni compelido a actuar en contra de ellas; y la libertad para objetar en conciencia y resistirse a obedecer un imperativo jurídico que pugne con las creencias religiosas o las convicciones morales y éticas propias”.
El Procurador pide a los funcionarios estar vigilantes para “que toda campaña pública o masiva dirigida a los niños, niñas, jóvenes y adolescentes, tenga como exclusivo propósito el desarrollo armónico e integral de los mismos, siendo igualmente respetuosa de las libertades protegidas por la Constitución Política”.
Y que verifiquen “que los ministerios de la Protección Social y de Educación, así como la Superintendencia Nacional de Salud y las demás entidades públicas y privadas a las que se dirigen las órdenes de la Sentencia T-388 de 2009, estén cumpliendo debidamente con la decisión, vigente y legítima, de la Sección Primera de la Sala Contencioso Administrativa del Honorable Consejo de Estado de suspender provisionalmente el Decreto 4444 de 2006 y, en virtud de ello, se estén absteniendo de reproducir o aplicar su contenido, así como las demás normas sustentadas en el mismo”.
Por último, el Jefe del Ministerio Público hace un llamado para que “ los funcionarios públicos y demás personas sometidas al control de gestión del Ministerio Público, al buscar darle cumplimiento a la Sentencia T-388 de 2009, respeten debidamente la libertad religiosa, la libertad de pensamiento, la libertad de expresión y la libertad de la conciencia, entre otras, tanto las de los padres y los tutores, sus hijos o pupilos, como las de los profesores y los profesionales de la salud, entre otros”.
Adicionalmente, en la citada circular, Ordóñez Maldonado realiza “tres recomendaciones que se promuevan en debida forma el conocimiento de los derechos sexuales y reproductivos y de cada uno de los casos extraordinarios y excepcionales previstos en la Sentencia C-355 de 2006, esto es, sin desconocer el carácter pro-vida de la Constitución de 1991 ni vulnerar los derechos que le asisten a los padres, los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, a los profesores y educandos, a los profesionales de la salud, y a todas las personas en general, para pensar y expresar libremente su propia conciencia, ejercer libremente su fe y vivir de acuerdo con sus creencias religiosas, morales y éticas”.
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