viernes, 3 de junio de 2011

Duras condenas por los crímenes del pastor evangélico y Roque Giménez


ARGENTINA.- ( AGENCIALAVOZ.ORG )La Justicia resolvió ayer dos juicios por casos conmocionantes ocurridos hace poco tiempo en nuestra provincia y las condenas fueron duras para quienes estaban en el banquillo de los acusados. Se trata de los asesinatos a sangre fría del cajero del local Maxi Sport Roque Daniel Giménez (26), ocurrido en el 2008 en la Cuarta Sección, de Ciudad, y del pastor evangélico Darío Ochoa (35), perpetrado en el 2009 en el barrio Huarpes III, de Luján. Ambos hechos sucedieron durante un asalto y generaron marchas de protesta en reclamo por mayor protección policial a las autoridades del Ministerio de Seguridad.

SIN PIEDAD. El primero de los debates orales terminó ayer en la Séptima Cámara en lo Criminal por la causa de Roque Giménez, y los cuatro imputados por el delito de homicidio criminis causa (asesinar para ocultar otro hecho, en este caso el robo) recibieron la pena máxima: prisión perpetua. Se trata de los jóvenes Emanuel Luna Quiroga (19), Leonardo Daniel Miranda (22), Marcelo Daniel Luna (29) y el taxista Héctor Arriola; este último, acusado de ser quien llevó a la banda para que cometiera el asalto armado que terminó en tragedia.

Los jueces Belén Salido, Gabriela Urciuolo y Agustín Chacón dieron a conocer la sentencia pasadas las 10.30 y coincidieron con los pedidos de la fiscal de Cámara, Susana García, y de la querella, a cargo de Pablo Teixidor, en representación de la esposa de la víctima y testigo presencial del hecho, Vanesa Barone. En los alegatos de las partes, ambos habían solicitado al tribunal que los cuatro acusados fueran sentenciados a perpetua (al menos, 35 años de prisión para acceder a la libertad condicional) y los jueces no encontraron dudas y resolvieron que todos vayan al penal de Almafuerte.

Las defensas, en vano, habían pedido, en parte, la absolución para sus clientes –uno de los letrados requirió que el caso de su defendido fuera calificado como robo seguido de muerte, con la clara intención de evitar la perpetua–, pero las pruebas fueron contundentes, especialmente la declaración de la esposa de la víctima, quien vio cómo mataron a su marido de un balazo en la cabeza y reconoció a los autores.

El homicidio de Roque Giménez ocurrió el sábado 23 de agosto del 2008 a las 22.45 en la calle Chacabuco, de Ciudad. La víctima había salido de su trabajo como cajero del local de Adidas de Maxi, ubicado sobre calle San Martín, y se encontró con su esposa, quien era empleada en el mismo complejo de venta de ropas pero como administrativa y se había retirado media hora antes. Roque Giménez caminaba con su pareja por calle Chacabuco e iba a la casa de su padre, donde se encontraba su hija, festejando un cumpleaños.

Sin embargo, la pareja nunca llegó a destino porque fue abordada por tres sujetos que querían la cartera que llevaba Barone. Según se supo en el proceso, los asaltantes tenían el dato de que Giménez había cobrado cerca de 12.000 pesos en concepto de antigüedad, ya que había una reestructuración laboral en Maxi, y fueron tras ese efectivo. A pesar de esto, la víctima no llevaba el dinero por el simple hecho de que no lo había percibido.

En el proceso se determinó que el taxista Héctor Arriola brindó apoyo logístico, llevando a la banda a cometer el asalto y ayudándola luego a escapar. Los tres violentos ladrones se bajaron del vehículo y le exigieron a Barone que entregara el bolso. Mientras se producía el atraco, uno de los malvivientes apretó el gatillo de su arma e hirió a Giménez en la cabeza. Después de esto, la banda volvió al taxi –tal como declaró un testigo protegido– y escapó a toda velocidad. Tres diez horas de agonía, Giménez dejó de existir.

El caso generó conmoción, y los vecinos de la Cuarta cortaron calles por la inseguridad que reinaba en la zona. El otrora ministro de Seguridad, Carlos Ciurca, fue a las protestas y prometió mayor protección policial. Después de unos días de instrucción, la banda integrada por los medio hermanos Luna, Miranda y el taxista Arriola fue capturada y, luego de varias jornadas de proceso (el juicio se inició el 13 de mayo y declararon 15 testigos), el tribunal los halló responsables de matar a Giménez.

POR LAESPALDA. En la misma jornada tribunalicia de ayer se conoció el fallo por el crimen en un asalto del pastor evangélico Darío Ochoa, quien tenía 37 años y recibió un balazo en la espalda que terminó con su vida. Por el caso ocurrido el 18 de julio del 2009 llegaron a juicio oral dos acusados: José Antonio Moreno y Juan Jesús Rivas.

El primero fue absuelto y el segundo recibió 20 años de cárcel por ser coautor de homicidio agravado y por robo agravado. En este proceso oral, pero por otras causas relacionadas con un grupo acusado de cometer varios delitos que integraba con Juan Rivas, participó Ricardo Ferreyra Ervidia –reconocido malviviente que integra, según escuchas telefónicas, la megabanda de Marcelo Gato Araya–, quien recibió 11 años de prisión (ver aparte).

El debate por el conmocionante hecho ocurrido en el barrio Huarpes III tuvo su inicio el 9 de mayo en la Segunda Cámara del Crimen. Allí fueron llevados los dos imputados y, después de varias jornadas, se ventiló la sentencia de los magistrados Laura Guajardo, Agustín Chacón y Gabriela Urciuolo. Fuentes judiciales señalaron que sólo se acreditó la participación de Rivas en el hecho perpetrado cuando el pastor Ochoa llevaba a un amigo, identificado como Ángel Cazón, a su casa de después de jugar un partido de fútbol.

La elevación a debate señala que dos malvivientes los abordaron con la intención de sustraerles el auto –un moderno Audi– y comenzaron a disparar. Cuatro fueron los impactos que dieron en el vehículo. Uno de esos proyectiles atravesó el hierro y después hirió en la espalda a Ochoa. A pesar de la tremenda lesión, la víctima siguió manejando hasta una comisaría. Llegó hasta la dependencia del barrio La Gloria, en Godoy Cruz, y Cazón se bajó para alertar a las autoridades policiales. Mientras esto sucedía, el pastor evangélico dejó de existir en el asiento del conductor. Tanto el testigo presencial como otro de identidad reservada fueron clave para llegar a condenar a Rivas. No se pudo acreditar la participación en el hecho de Moreno y terminó absuelto.

 
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