martes, 15 de julio de 2014

El aborto terapéutico salvará vidas; para otros, viola el derecho a la vida

Óscar Ugarte, Susana Chávez,  Luis Solari y Luis Bambarén aportaron al debate y aclararon dudas sobre la guía aprobada por el Minsa.
PERU.-(AGENCIALAVOZ) Guía para la interrupción voluntaria. La semana pasada, representantes de la Iglesia, el gobierno y la sociedad civil se reunieron en La República para analizar el contenido del Protocolo tales como el inciso 11 que, según sus críticos, es la puerta abierta para el aborto sin restricciones. Sus argumentos ayudarán a enriquecer posturas sobre esta norma.
        
Lo que contiene la Guía Técnica Nacional para la Interrupción Voluntaria del embarazo menor de 22 semanas, llamada  ‘Protocolo de aborto terapéutico’, ha sido objeto de un intenso cuestionamiento desde que el Ejecutivo lo aprobara. Periodistas de La República trasladaron la semana pasada la discusión de los principales puntos de este documento a una mesa redonda en la que participaron el jefe del Instituto de Gestión de Servicios de Salud del Ministerio de Salud, Óscar Ugarte; la presidenta del Consejo Directivo de Promsex, (Centro de Promoción y defensa de los derechos sexuales y Reproductivos) Susana Chávez; el decano de la facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, Luis Solari, y el obispo emérito de Chimbote, Luis Bambarén. Un primer bloque de intervenciones apuntó a identificar las posturas adoptadas frente a este protocolo. Un segundo bloque buscará que los invitados a la mesa redonda expliquen, mediante argumento, si esta guía técnica para la interrupción voluntaria del embarazo abre la puerta o no a un aborto indiscriminado como señalan posiciones críticas.


1.  A FAVOR Y EN CONTRA
Óscar Ugarte: El protocolo busca poner límites al uso indiscriminado de una norma que existe desde 1924. Lo que el Ministerio de Salud (Minsa) discute, desde hace años, es cómo evitar que esa norma sea una puerta abierta para la aplicación indiscriminada de aborto debido a que no basta con que un médico decida, si es que no lo hace una junta médica. Es una decisión colectiva, respetando el consentimiento informado de la gestante (o su representante legal) y que debe ser supervisada por el director del centro donde donde se proceda ¡Estas son las condiciones en las que es menos factible el abuso de esta práctica! No es una guía para matar como se ha dicho sino un protocolo para defender la vida. Una encuesta de IMASEN  ha revelado que el 45,8% está a favor de la Guía bajo estas condiciones. Hay un 39,9% que está en contra de todo tipo de aborto.
La República (LR): ¿Una encuesta a nivel nacional?
Óscar Ugarte: Es una encuesta en Lima y Callao y con una base de 600 entrevistas. Pero hay un 8,8% que está a favor del aborto en general y solo un 5,5% que no sabe ni opina, lo que demuestra que hay un buen número con opinión formada al respecto.
Susana Chávez: Tengo cuatro argumentos. El primero se refiere a que la guía atiende a una legalidad y a un Estado de derecho, y lo que hace el Minsa es cumplir con la norma. Todos sabemos que no es facultad del Ministerio hacer la ley, sino aplicarla y si se tuviera que discutir en el tema de la legalidad, no es este el que debería intervenir sino el Congreso. Segundo, yo no coincido con que el protocolo tenga como función restringir porque lo que ocurre hoy es, justamente, la restricción del acceso. Los datos del Minsa indican que solo 20 mujeres accedieron al aborto terapéutico. Sin embargo, lo que sabemos es que son más casos los que se atienden, pero no son reportados.
LR: ¿Qué se va a regular, entonces?
Susana Chávez: El ejercicio de derecho, y lo que va a ayudar la norma es a transparentar las cifras. Tercero, la interrupción del embarazo y el tratamiento post-aborto forma parte del paquete de maternidad segura y es un tema que poco se discute. Esta garantiza que la mujer no sufra mayor daño permanente y para eso necesitaríamos conocer cuál es la tasa de morbilidad extrema. Si bien estas mujeres no van a formar parte de la casuística de mortandad materna, van a formar parte de las muertes tempranas. El cuarto asunto es que el protocolo contribuye a que las mujeres que se embaracen en situación riesgosa prevengan uno nuevo. Es responsabilidad del médico que estas mujeres usen métodos anticonceptivos para evitar un nuevo embarazo.
Luis Solari: Veamos el tema de la legalidad. Una democracia sin estado de derecho no es tal. El protocolo es el típico resultado de un país donde prácticamente no existe sociedad civil. Cuando eso sucede, el Estado no solo entra al espacio público sino que se lo apropia, violando los principios del estado de derecho. El Código Penal es una norma de alto rango jerárquico y si uno quiere desarrollar una ley tiene que hacerlo con una medida del mismo rango. La norma ha violado principios jurídicos importantes e, incluso, viola las propias normas que están invocadas para justificar su necesidad.
LR:  ¿Qué principios jurídicos habría violado la norma?
Luis Solari: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. En esa norma se señala que intervienen en las decisiones los dos padres y tiene que ponerse, en primer lugar, el interés de los hijos... pero en la guía, el padre no participa y no se le pone por delante. ¿Qué significa el artículo 119 del Código Penal? Significa que si el médico utiliza un procedimiento válido y si al atender a una gestante grave se produce la muerte del niño en forma involuntaria y no perseguida, pues no es punible.  Sin embargo, si mi lógica es abortista diré: "Aquí lo que dice es que se puede matar voluntariamente a un niño en el momento que se acuerde". Si hay todo un ordenamiento jurídico nacional de protección al concebido, no puede ser que al ver el Código Penal haya querido decir que es lícito y no punible matar. No despenaliza, ni permite el aborto. Lo que el artículo señala es que de producirse la muerte de manera inesperada, esta no será punible. ¿Y por qué el Código utiliza el término 'aborto' y  no 'interrupción' del embarazo? El verbo 'interrumpir' quiere decir que se puede reanudar (...) Ha aparecido una norma que va en contra de los principios de la profesión médica: nunca será una terapia el matar a un ser humano para salvar a otro.
LR: ¿A qué punto  se refiere?
Luis Solari: Aquella parte que dice que "cualquiera otra causa, aparte de las diez causales consideradas, puede ser invocada". Ningún asesor jurídico con mínimo conocimiento hubiera permitido que se coloque una norma abierta donde puede entrar lo que sea. Además, en la guía hay una lógica abortista porque indica 'contenido uterino', en lugar de 'niño por nacer'.
Luis Bambarén: Yo voy a empezar por la norma moral que es la causa con doble efecto: uno busca un fin, pero como consecuencia tiene otro efecto colateral. Si la madre está en tal peligro, se tiene que operar un tumor y, como consecuencia, puede morir el bebé; entonces no se busca abortar sino salvarle la vida. En el hospital Cayetano Heredia, desde el 2010, se vienen tratando esos casos y nos indican que allí, hasta la fecha, no ha realizado ninguna interrupción del embarazo basado en el protocolo. De 38,962 embarazadas, solo unas 23 (0,05%) llegaron a la terminación de su embarazo.

Todas fueron por diagnóstico ecográfico de malformación congénita incompatible con la vida, lo que se llama aborto eugenésico. Por otro lado, en el artículo segundo de la Carta Magna dice: el concebido es sujeto de derecho en todo lo que le favorezca y eso incluye vivir –que no lo maten– y mucho más en el Perú que ha eliminado la pena de muerte. Entonces, ¿por qué se va a matar a un ser inocente? Unos días antes de la publicación del protocolo, me invitó la ministra de Salud para conversar. Primer punto que se escapó del ministerio es que actualmente ya no hay peligro en la vida del niño en gestación porque se ha avanzado tanto en la ciencia que incluso se opera al feto en el útero. Luego, habló del peligro de vida de las mujeres y que era necesario sacar una norma porque había mucha libertad en los hospitales con protocolo propio. Entonces de ese diálogo sincero y largo se concluyó en que no se sacaría una guía para todos, simplemente se volvería a la ley. Además, lo que llama la atención es que la guía contempla que se puede interrumpir el embarazo hasta la semana número 22.
La República: 22 semanas son aproximadamente cinco meses.
Luis Bambarén: Los médicos, como Ugarte y Solari, saben que a los 2 meses ya el niño está formado y mucho más con cinco meses. ¿Cuántos bebés nacen a los seis meses? Entonces, ¿cómo se puede interrumpir eso? ¡No, pues! El doctor Ugarte hace alusión a un porcentaje de 45,8% a favor de la guía; sin embargo, hay que tomar en cuenta que en muchas ciudades ha habido manifestaciones multitudinarias contra el protocolo. Otro punto es la cuestión de la junta de médicos. Esa reunión quizá sea factible en ciudades importantes, pero ¿en los pueblos? A veces allí hay un solo médico o una enfermera y es imposible de aplicar. Lo que sí llama la atención es el desprecio que hay por la vida humana.
LR: ¿Cómo se manifiesta ese desprecio por la vida?
Luis Bambarén: Me encontré con un caso en Conchucos. A las mujeres las bajaban en camiones y en situaciones antihigiéncias las operaban. Yo denuncié este hecho y el Congreso cuestionó al director regional de salud. Acordamos  una reunión en Chacas con sus médicos y los nuestros. Cuando vimos el desprecio del director, le dijimos: "Ustedes tratan a  las mujeres como animales". "¡Es que son animales!", fue la respuesta del director. Con ese ejemplo, quiero explicar que ustedes pueden tener la mejor intención con la guía, ¿pero quién la va a manejar? La Conferencia Episcopal ha sido bien clara en tomar una posición aunque los que están de acuerdo con el aborto no acepten la posición de la Iglesia, la cual es salvar la vida que es sagrada. Y como dice el Dr. Solari, los términos que usan no hablan de aborto, sino de interrupción voluntaria o interrupción del embarazo. Lo que más choca es que usen el término "evacuación del contenido uterino", o sea no se trata de un ser humano, como si fuese cualquier cosa, ¡como si fuese un quiste!

2. ¿LA GUÍA ABRE LAS PUERTAS PARA UN ABORTO INDISCRIMINADO?   
Óscar Ugarte: Quisiera aclarar algunos de los conceptos vertidos. En el primero de ellos, el Dr. Solari hace referencia a que el artículo 119 del Código Penal hablaría del efecto –digamos– involuntario de una acción en salud, en defensa de la madre. Bueno, de lo que se está tratando es justamente de ese punto límite en el cual se plantea la inevitabilidad de que la vida del concebido pueda llevar a la muerte de la madre gestante. Pero el Código Penal no habla sobre una resultante no previsible, porque de lo que se está hablando –textualmente– es del aborto practicado por un médico, o sea un acto consciente, que está contemplado no en cualquier parte del Código Penal, sino en el contexto de decir: es ilegal, que es lo que marca centralmente, pero hace la salvedad. Porque el artículo 119 está después de aquellos que establece la ilegalidad del aborto en el país y que el Minsa respeta. Está claramente establecido que no es punible el aborto terapéutico practicado por un médico; es decir, es una acción consciente para un objetivo determinado, el cual es salvar la vida de la madre o para evitar a su salud un mal grave y permanente. Ahí no hay posibilidades. Estamos todos seguros de que esta "inevitabilidad" del año 1924 al 2014 es relativa porque sí se ha avanzado y es cierto: hoy el margen debería ser menor, pues hay mayor capacidad de la ciencia de salvar a ambos, que es lo que todos quisiéramos. Incluso algo que he escuchado, dignos representantes de opiniones contrarias, es que sí lo aceptarían en el caso del embarazo ectópico. En este también hay una vida y ¿por qué en esos casos sí se acepta la intervención de emergencia y sacrificar a ese concebido? Allí el argumento contrario falla, porque si en esos casos es posible, ¿por qué no en otros casos si es lo que la guía plantea? Nosotros nos ponemos más allá. La ciencia podría resolver el caso de los embarazos ectópicos, si pudiésemos diagnosticar a tiempo, tener la capacidad de aislar al embrión, ponerlo en un ambiente in vitro, protegerlo. Entretanto, salvar la vida de la madre y después implantarlo en el útero y que siga el embarazo. Todos seríamos felices. Estoy seguro de que la ciencia lo hará en algún momento. Por eso, la guía no cierra esas posibilidades, lo que plantea es que se evalúe cuando científicamente sea inevitable. Este el contexto en el que plantea el artículo 119, por lo tanto es aplicable al avance de la ciencia y la tecnología.
La República: El doctor Luis  Solari expresó su preocupación sobre el rango ministerial de esta guía. ¿Se pudo haber elaborado en el Congreso o en el Ejecutivo?
Óscar Ugarte: Hay diferentes mecanismos que pueden normar y no lo hace ni inconstitucional, ni ilegal el que sea por una resolución ministerial. Recordemos que este debate, incluso más amplio, está en el Congreso cuando se han discutido las modificaciones al Código Penal ya hace unos años. El doctor Solari menciona que el artículo 11 "abre y deja las puertas abiertas". En realidad es un argumento débil, desde mi punto de vista, porque ese inciso dice lo mismo que dice el artículo 119 del Código Penal. También se ha dicho que el Minsa tiene una posición en contra de la vida. Todo lo contrario, las políticas que se vienen aplicando para salvar la vida de las madres y de los niños vienen desde hace muchos años. La mortalidad materna que había en la década del 90 era de 250 o 260 muertes maternas por cada 100 mil nacidos vivos. Esto se ha logrado reducir con políticas del Minsa hasta 90 casos, desde hace dos años.
Susana Chávez: Los derechos fundamentales no son absolutos y es posible establecer ciertas restricciones, siempre que sean razonables y proporcionables. Desde el punto de vista estrictamente constitucional, el derecho a la vida del concebido tampoco es absoluto, y ello puede justificar la validez constitucional del aborto que en este caso es cuando pone en riesgo la vida de la madre. Hay algo que la ley considera: no se pueden exigir sacrificios extremos a nadie. El sacrificio es un acto voluntario, digamos de heroicidad, pero a nadie por ley se le debe obligar a sacrificios extremos.
Cuando se niega esta posibilidad, justamente, se está planteando a las mujeres que se sacrifiquen.
LR: El doctor Solari habló de decisiones de pareja...
Susana Chávez: Eso afortunadamente ha sido superado hace varios años porque la única afectada y quien está en riesgo en su salud es la mujer. Hay una cuestión muy clara llamada autonomía que lo reconoce la ley. Colocar a la mujer debajo de su tutela es simplemente explicitar su reconocimiento como sujeto carente de derechos. Y esa discusión creo que ya fue superada.
Monseñor Bambarén: No ha sido superada, disculpe. Usted dice que no va a estar como subordinada. Es una pareja de iguales. La criatura que espera también tiene un padre.
Chávez: El 25% de mujeres no tiene esa posibilidad, padre, con todo respeto. Hay hombres que abandonan a su familia y ni siquiera saben cuántos hijos.
Doctor Luis Solari: En 1989 pasaron tres cosas inolvidables. En una semana se creó APEC y se cayó el muro de Berlín. El hecho fundamental que ocurrió ese año fue que la ciencia médica consiguió que sobreviviera una niña de unos 280 gramos. El peso ideal es de 2 kilos 500 o 3 kilos 500. Eso significa que desde hace 25 años la medicina moderna había conseguido dar término a embarazos y por supuesto proteger a esos niños. El récord lo tiene una niña de 260 gramos, el 2004, hace 10 años. La medicina ha cambiado, ahora hay respiradores inteligentes que hace 5 años no existían. El tema es de racionalidad en el que me autojustifico mis actos.
LR: Dr. Solari, habrá una junta médica.
Doctor Luis Solari: La guía parte de una racionalidad. Es lícito matar voluntaria e intencionadamente a un niño para salvar la vida de la madre cuando en los principios de la medicina lo que sí es lícito es que el médico haga todos los actos médicos heroicos posibles para salvar a ambos. Y si involuntariamente e inintencionadamente fallece el niño, pues esa muerte no es punible y el médico está protegido por el Código Penal. En este caso la racionalidad de la norma es llevar a la muerte al niño. Por esa razón el documento contiene un lenguaje que no es acorde con el Código Penal. No hay un contrapeso. La bibliografía de la guía es mayoritariamente abortista y de gente que habla de matar a un niño como una endodoncia.
Susana Chávez: Quisiera señalar que la resistencia que se hace al protocolo es la misma que se hizo a la anticoncepción oral de emergencia justamente para evitar embarazos, es la misma posición frente a los métodos anticonceptivos, yo creo que debería comenzar a pensarse algún mecanismo de flexibilización para que nos ayude efectivamente qué cosa está en debate al final, lo que está en debate es solo el aborto? Lo que está en debate también son aspectos centrales de la vida sexual y reproductiva de las mujeres porque lamentablemente son el foco de atención, porque es en ellas que se genera el embarazo, es en ella que está el riesgo y justamente la ley reconoce que está en ella el poder de decisión.
Luis Bambarén: Quisiera recordar lo que dice la madre Teresa de Calcuta: El país que acepta el aborto no está enseñando a su pueblo a amar, sino a aplicar la violencia para conseguir lo que se quiere. El mayor destructor del amor y de la paz es el aborto.


LA CAUSAL 11, MADRE DE TODOS LOS CUESTIONAMIENTOS
La República (LR): Dr. Ugarte, ¿con esta guía se reducirá la mortalidad materna? La primera causa de las muertes es la hemorragia.
Ugarte: La principal causa de la mortalidad materna son las hemorragias. El protocolo no está orientado a eso sino a un factor causal que es significativamente menor. Por lo tanto, nadie puede plantear que el protocolo esté pensado como forma de impedir las muertes maternas en general. Eso es absurdo.
LR: Insistimos en la causal 11 porque para la Iglesia, es una "puerta abierta al aborto". ¿Al hablar de la "salud" de la gestante se refiere a su estado físico y psicológico?  Por ejemplo, ¿se evaluaría casos de depresión crónica o embarazos inviables como el caso de KL,  mujer que tuvo que dar a luz un feto anencefálico que falleció a los cuatro días de nacido?
Ugarte: El propio artículo 119 del Código Penal no es una puerta abierta. Al contrario, lo que hace la guía es poner restricciones y cuando lo justifique la junta médica. Esta no es decisiva. La opinión final la tiene la mujer.
LR: Entonces, ¿se considera la salud mental?
Ugarte: Particularmente, no creo que haya causas psicológicas que pudiesen demostrar lo que el Código Penal llama "un mal permanente y grave". Una violación es muy grave, pero está demostrado que la gran mayoría de casos psiquiátricos se curan o, por lo menos, se les da un tratamiento. La depresión, cuadros de angustia e, incluso, esquizofrenia hoy reciben tratamiento. Que eso sean discutibles, sí lo son. La junta lo determinará según el caso.
LR: Entonces, ¿esos casos sí se podrían someter a una evaluación?
Ugarte: El artículo 119 del Código Penal lo autoriza, no le pone cortapisas. Al contrario, la guía está poniendo ciertas restricciones y no lo está haciendo para decisión individual, ni del médico, ni de la tratante, sino una junta. Es factible que eso entre en el campo de la discusión. Particularmente, pienso que es muy difícil acogerse a ese tipo de argumentos. Serían una triquiñuela para usarlo en cualquier tipo de aborto.
LR: ¿Los casos anencefálicos se descartan?
Ugarte: Descartado. No se refiere a los abortos por violación ni por malformaciones congénitas.
Solari. Sí podría incluirse la salud mental. Eso es  lo que ha planteado el sector Justicia. Entonces, una gestante sí podría invocar a esta práctica si trae su certificado de depresión o de intento de suicidio. Por esa razón, la legislación no debe contener ese tipo de normas.
LR: Monseñor Bambarén, la ministra de Habich afirma que consideraciones religiosas no pueden intervenir en políticas públicas.
Bambarén: La vida no tiene religión, trasciende todo. Con respecto a la intervención de la Iglesia, hay política con mayúscula y con minúscula. La primera busca el bien común defendiendo los derechos humanos. En la partidaria no podemos intervenir (...) Hemos hablado con mucha insistencia sobre el derecho de la mujer, pero no olvidemos que existe la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual indica que cuando hay conflicto el derecho del menor es superior al resto.

 
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