miércoles, 29 de julio de 2015

Tribunal de Estrasburgo pretende imponer el “matrimonio” homosexual a Italia

El TEDH ha fallado en contra de Italia por no reconocer el "matrimonio" homosexual. Expertos afirman que el Tribunal carece de competencia
ITALIA.-(AGENCIALAVOZ) La Unión Europea pretende presionar al Gobierno Italiano para que reconozca el inexistente derecho de las parejas al “matrimonio” homosexual.


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido un fallo en el que condena a Italia por no reconocer el “derecho de las parejas homosexuales a contraer matrimonio” ni ofrecer una protección jurídica apropiada a éstas, según el fallo.
La sentencia emitida por la justicia europea, sostiene que el país mediterráneo ha violado el derecho al respeto de la vida privada y familiar”, incluido en el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.


Tres parejas de homosexuales italianos recurrieron a esta institución, quejándose de que el Estado Italiano no les ofrecía la posibilidad de concretar una unión civil. El Tribunal europeo ha examinado el recurso de estas tres y ha condenado al país transalpino a indemnizar económicamente a cada una de ellas por daños morales.
Además el Tribunal ha pedido a Italia “una forma definida institucionalmente” que reconozca las uniones entre personas del mismo sexo. De la misma manera ha recomendado que una fórmula que reconozca “una unión civil o un registro de parejas sería el camino más adecuado para que las parejas del mismo sexo, como los demandantes, vean su situación reconocida legalmente”.


A pesar de todo, la sentencia que pretende presionar al Gobierno Italiano, no tiene eficacia jurídica para amparar el derecho de las parejas del mismo sexo de contraer matrimonio, ya que esta institución europea no tiene competencia competencias jurídicas y son únicamente los estados los que tienen el derecho de reconocer o no el derecho al matrimonio homosexual.
Actualmente el Parlamento italiano está discutiendo un proyecto de ley que pretende reconocer legalmente las uniones civiles entre homosexuales, otorgando a estas parejas los mismos derechos que a los matrimonios entre heterosexuales. El punto más polémico es el referente a la posibilidad de que un miembro de la pareja pueda adoptar un hijo.


Italia es junto a Bulgaria, Chipre, Estonia, Lituania, Polonia, Rumanía y Eslovaquia, uno de los pocos países de Europa que defiende la familia tradicional, no asimilándola a uniones que nada tienen que ver con esta institución.

martes, 28 de julio de 2015

Madre tailandesa se niega a entregar a su hija a la pareja homosexual

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TAILANDIA.-(AGENCIALAVOZ) Patidta Kusolsang, una joven tailandesa y madre substituta, ha rechazado firmar los documentos que permitirían a una pareja homosexual (un americano y un español) adoptar a la niña que ella dio a luz y poder sacarla del país. La ley del país reconoce a la mujer que da a luz como madre natural y legal de la criatura nacida.


Los dos hombres, Gordon Allan Lake y Manuel Valero, aseguraron que Patidta, que no es la madre biológica de la niña, decidió mantener consigo a la niña, Carmen, justo cuando estaban por dejar Tailandia. Lake declaró que la mujer “tiene problemas” con la orientación sexual de la pareja y no se presentó el pasado enero en Bangkok, para firmar los documentos para el pasaporte de Carmen.
“Estuvimos aquí 6 meses y nuestra vida ahora está destruida- dijo- nuestras familias han perdido los primeros 6 meses de vida de Carmen”.
Kusolsang negó que la orientación de la pareja fuera la razón de su negativa, dijo preocuparse sólo por el bien de la niña.
“La extraño todos los días,” dijo Kusolsang. “Hay que ver lo cruel que es el mundo hoy. Y no tengo idea de lo que ellos irán a hacer con mi bebé.”

Ella dijo a CNN que había cambiado de opinión meses antes sobre entregar al bebé y trató en vano de obtener más información sobre los contratantes.
Kusolsang puso un requerimieto ante la policía tailandesa y escribió una carta a la embajada americana. Ella dijo que devolverá el dinero pagado si le entregan a su bebé.
“No quiero su dinero, ni un centavo” dijo.
Tailandia es una meta popular para parejas extranjeras que buscan alquilar un vientre, ya sea por la liviandad de la reglamentación que rige en el país, como por lo barato, comparados con otros países.
Este no es el primer caso de controversia de este tipo en el país. Hace algún tiempo, una pareja australiana decidió adoptar sólo a una de las mellizas nacidas, dejando a aquella que presentaba síndrome down a la madre sustituta.


Para evitar estos escándalos, el gobierno tailandés aprobó en febrero una ley que prohíbe a los extranjeros el alquiler de vientres en el país. La ley entrará en vigor el 30 de julio, pero Lake y Valero no la violarán, por cuanto han hecho el pedido del servicio ya el año pasado.
Al ser reclamada su intervención por la pareja, la embajadora estadounidense en Bangkok, Melissa Sweeney, declaró que los ciudadanos americanos en Tailandia deben someterse a la ley tailandesa y que “según la ley americana, el Departamento no puede dar un pasaporte a un menor sin el consentimiento de los padres legales o del tutor”.


La ley tailandesa, además, reconoce a la mujer que pare al niño como la madre natural del niño y aquellos que hacen pedido de parentela no tienen derechos automáticos sobre el nacido.

ONU pide a Bolivia despenalizar aborto terapéutico y por violación

LA PAZ.-(AGENCIALAVOZ) Bolivia debe despenalizar el aborto en caso de riesgo para la vida de la madre o del feto, o tras una violación, según sugirió el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Bolivia se sometió el pasado 14 de julio al escrutinio del CEDAW y este lunes este organismo ha hecho públicas las conclusiones sobre dicha evaluación.

"Bolivia debería modificar las normas legales para despenalizar el aborto y asegurarse que es legal en los casos de amenazas a la vida o la salud de la madre, violación, incesto o serios problemas para el feto", indica el texto.

Además, las conclusiones piden al Estado boliviano que implemente la decisión de la Corte Constitucional sobre la no necesidad de autorización judicial para efectuar una interrupción del embarazo en caso de violación.

En la misma línea, las miembros del Comité muestran su preocupación por los altos índices de mortalidad materna y el limitado acceso a infraestructuras de salud para mujeres embarazadas, especialmente por mujeres indígenas en zonas rurales.

Asimismo, las expertas se muestran inquietas por el alto índice de embarazos adolescentes; la falta de educación sexual y derechos reproductivos; la poca disponibilidad del acceso a los programas de planificación sexual; y la dificultad de acceso a los métodos anticonceptivos.

Las expertas también están muy preocupadas por la alta prevalencia de "casos de violencia de género, tanto física, sexual como económica, y la falta de una estrategia para prevenirla".

En este sentido el Comité se lamenta del bajo número de imputación y condenas a responsables de violencia contra las féminas.

"El Comité recomienda al Estado que como una prioridad y en un tiempo específico desarrolle una estrategia para prevenir la violencia contra las mujeres".

Asimismo, las expertas piden que los casos de violencia de género "bajo ninguna circunstancia" se refieran a los procedimientos de resolución de disputas, sino que sean juzgados por tribunales de justicia.

El texto también se refiere a la trata de personas y al alto índice de tráfico de mujeres, especialmente en zonas fronterizas.

Las expertas se lamentan del bajo número de mujeres con responsabilidades políticas, por lo que sugiere que se establezcan medidas transitorias, como el establecimiento de cuotas.

Con respecto al trabajo, las expertas se alarman de que la legislación nacional permita emplear a niñas de diez años y pide encarecidamente que se eleve la edad laboral hasta los 15 años.

El Comité recomienda a Bolivia que establezca e implemente una estrategia para acabar con los estereotipos sobre la mujer y su rol en sociedad.

Finalmente, el documento pide al gobierno boliviano que considere la posibilidad de establecer un ministerio de Asuntos de las Mujeres para impulsar y coordinar políticas públicas sobre igualdad de género.

Evangélicos piden a la Corte Constitucional no avalar matrimonio homosexual

Evangélicos piden a la Corte Constitucional no avalar matrimonio homosexual
Con el liderazgo del concejal Marco Fidel Ramírez radicaron un manifiesto ante ese tribunal.

COLOMBIA.-(AGENCIALAVOZ) La Sala Plena de la Corte Constitucional llevará a cabo este jueves 30 de julio la audiencia pública sobre matrimonio entre parejas del mismo sexo. Con ocasión de este debate, el concejal de Bogotá Marco Fidel Ramírez y CEDECOL (Confederación Consejo Evangélico de Colombia) radicaron ante dicho tribunal un manifiesto en representación de la cristiandad evangélica del país.
De acuerdo con el manifiesto, “la orientación sexual de las personas es una libre elección que debe ser garantizada, así como también debe ser garantizada la libertad de quienes siguen a Jesucristo, sin ser discriminados, ni tampoco señalados con calificativos peyorativos por declarar la conveniencia del matrimonio heterosexual”.


En este sentido, el concejal Ramírez señala que “los nueve honorables magistrados no han sido elegidos popularmente y por tanto no deben caer en el activismo judicial, afectando a 45 millones de personas con una imposición mediante sentencias que no honran la moral mayoritaria de los colombianos”.

El concejal de la Familia y el presidente de CEDECOL, pastor Édgar Castaño, le solicitaron a la Corte Constitucional que no avale como matrimonio la unión homosexual y que respete el artículo 42 de la Constitución, por cuanto el matrimonio está constituido por un hombre y una mujer, únicamente. Es decir, que las uniones gays se protocolicen sin recibir la categoría de matrimonio.
Hace un mes la Corte Constitucional le hizo un fuerte llamado de atención al procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado, al advertirle que no puede imponerle su visión sobre el matrimonio homosexual a los jueces y notarios que tienen que definir las solicitudes de matrimonio presentadas por parte de parejas gays, con base en la sentencia C-577 de 2011, que reconoció que una pareja homosexual podía ser considerada una familia.


Así lo hizo en un fallo de 57 páginas, conocido por El Espectador, en el que el alto tribunal le advierte al jefe del Ministerio Público que se “abstenga de imponer por vía general una determinada lectura de la manera en que notarios y jueces deben cumplir con lo ordenado en la sentencia C-577 de 2011, a fin de evitar que se coarte el margen de autonomía que la Constitución y la ley atribuye a estos funcionarios para interpretar y aplicar el derecho”.


Por su parte, la ONG Colombia Diversa, que lucha por los derechos de la comunidad LGBTI, pidió a la Corte Constitucional decidir definitivamente sobre el matrimonio igualitario y la invitó a que siga “el digno ejemplo de la Corte de los Estados Unidos y proteja definitivamente a las familias del mismo sexo”.

 
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