El origen del caso se remonta abril de 2009 cuando un médico de la ciudad francesa de Metz rechazó la donación de sangre de un hombre homosexual amparándose en una orden ministerial del país. Dicho hombre recurrió la decisión y tribunal administrativo de Estrasburgo cual envió la cuestión al Tribunal de Justicia de la UE que ahora se ha pronunciado.
El alto tribunal, consciente de la repercusión de su resolución, pide a la justicia francesa que la proporcionalidad de la medida asegurando que no existan “métodos menos coercitivos para garantizar un alto nivel de protección de la salud del receptor. El tribunal añade que la prohibición total al colectivo homosexual “puede entrañar una discriminación por razón de orientación sexual” por lo que también insiste a los tribunales franceses a comprobar que existen criterios de interés general que justifiquen esta medida.
En todo caso, el Tribunal europeo deja la última palabra a los estados miembros para que acrediten científicamente si existe una situación de riesgo y decidan si la sanidad pública de su país tiene alternativas para garantizar la seguridad de las donaciones de sangre.