Organizaciones sociales denuncian que el Ministerio de Salud no tiene la competencia para regular la eutanasia, sino que esta corresponde al Congreso de la República |
En una carta enviada al Ministro Alejandro Gaviria, la organización Laicos por Colombia le recordó al ministerio que según la jurisprudencia del Consejo de Estado, la potestad reglamentaria del gobierno nacional sólo se puede ejercer respecto de las leyes de la república, aprobadas por el Congreso, nunca de las sentencias de la Corte Constitucional. Esto fue definido en la sentencia en que anuló el Decreto 4444 de 2006 que pretendía reglamentar la sentencia C-355 de 2006 que despenalizó el aborto.
También deploraron que en la resolución del Ministerio se negara la posibilidad de objetar la práctica por parte de las instituciones.
A su vez. el P. Pedro Mercado, Secretario adjunto de la Conferencia Episcopal de Colombia afirmó que en las instituciones de salud vinculadas a la Iglesia Católica no se practicará la eutanasia, y denunció la violación a la Libertad Religiosa al pretender obligar a las instituciones católicas a realizar la práctica.
Valga recordar que la sentencia T-970 de 2014 fue demandada de nulidad por el Procurador general por exceder los términos de la tutela siendo que se trataba de una demanda contra una entidad privada de salud y la Corte respondió expidiendo órdenes de carácter general al Ministerio de Salud.